16/12/2014
Rehabilitación de viviendas
La rehabilitación de viviendas es aquella acción constructiva o edificatoria que se realiza para mejorar algunas de las condiciones siguientes: de habitabilidad de la vivienda, de seguridad estructural y constructiva, de protección contra la presencia de agua y humedades, de sus instalaciones, de la accesibilidad, de iluminación natural y la ventilación interior, de las dimensiones de los espacios interiores entre otras. Estas acciones se pueden realizar tanto en el interior de las viviendas como en las zonas comunes de los edificios residenciales.
Cuando la rehabilitación de las viviendas de un edificio residencial, afecta a su estructura, cubiertas, cerramientos exteriores, instalaciones, acabados de albañilería y pavimentos, carpintería etc, se denomina rehabilitación integral de la vivienda.
Historia
A partir de los años 60 en Europa, se comienza a plantear la rehabilitación de viviendas y edificios en los centros históricos de las ciudades. Es en Italia dado su patrimonio urbano edificatorio, donde existe una mayor preocupación dado el estado en el que se encontraba palacios, iglesias, edificios antiguos, creándose una corriente de opinión a favor de la preservación de este patrimonio, y su intervención para recuperar los valores identitarios de estas edificaciones. Este debate se traslada a toda Europa, y se extiende no sólo a esta arquitectura monumental, sino a las edificaciones residenciales en los centros históricos. Creándose la figura urbanística de Protección de estas edificaciones, como son los Planes Especiales de Protección y Catalogación de edificios, que tiene por objeto el estudio pormenorizado de cada inmueble para determinar cual debe ser protegido y asignarle un nivel de catalogación a el edificio. Las obras que se deberán realizar en estos inmuebles ya sea mantenimiento, conservación, reparación, rehabilitación dependerá del nivel asignado. Siendo el nivel más alto el de BIC Bien de Interés Cultural o también llamado en otros países Monumental, en el cual las obras a realizar están determinadas por Ley.
Es a partir de los años 80 cuando el concepto de rehabilitación de viviendas se empieza a extender no sólo a los centros históricos sino a los barrios o a otros ámbitos de la ciudad,
Las obras de rehabilitación de viviendas y de los edificios habrán de tener alguna o varias de las siguientes finalidades:
Alcanzar condiciones suficientes de seguridad estructural y constructiva, dotando a los elementos estructurales de condiciones adecuadas en cuanto a resistencia mecánica, estabilidad y aptitud de servicio.
Mejorar la protección contra la presencia de agua y humedades.
Mejorar la iluminación natural y la ventilación interior.
Mejorar las instalaciones de los suministros de agua, gas, electricidad y saneamiento.
Mejorar las condiciones de accesibilidad mediante la supresión de barreras arquitectónicas y la adecuación funcional a las necesidades de personas con discapacidad.
Mejorar las condiciones de eficiencia energética.
Mejorar el acceso a los servicios de telecomunicación, audiovisuales y de información.
Mejorar la disposición y las dimensiones de los espacios interiores, en el caso de rehabilitación de viviendas.
La instalación, renovación y mejora de los ascensores y sus condiciones de seguridad, en caso de rehabilitación de los elementos comunes de edificios.