15/01/2025
PERMISO DE OBRA MENOR
AMPLIACIÓN DE VIVIENDA SOCIAL Y OTRAS
Antes de empezar:
Es necesario que la vivienda a ampliar cuente con la recepción definitiva otorgada por la Dirección de Obras Municipales.
¿Qué beneficios obtendrás?
Con esta asesoría podrás determinar si tu vivienda cumple con los requisitos para ampliarse de forma simplificada, utilizando las opciones establecidas en el Artículo 166° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC). Esto resulta especialmente ventajoso para viviendas ubicadas en terrenos pequeños, ya que permite maximizar el uso del espacio disponible.
Si tu proyecto califica bajo alguna de estas modalidades, podrás diseñar y construir la ampliación con una serie de ventajas arquitectónicas, tales como:
Flexibilidad en el adosamiento: No será obligatorio respetar la envolvente teórica de adosamiento (que exige una rasante de 45° a partir de 3.5 metros de altura). Esto permitirá construir junto al límite con el vecino sin restricciones de altura, superando incluso la rasante indicada.
Sin autorización notarial del vecino: No necesitarás el consentimiento del vecino, aunque se adose más del 40% del límite común.
Construcción en el antejardín: Podrás edificar en el antejardín si lo deseas.
Uso total del terreno: Será posible construir en hasta el 100% del terreno.
Eliminación de distancias mínimas: No se exigirá respetar distancias mínimas respecto a los límites ni cumplir con rasantes.
Reducción de costos: Obtendrás un 50% de descuento en el pago de derechos municipales.
SE ADJUNTA CERTIFICADO DE PERMISO DE AMPLIACION SIMPLIFICADO
SI CREES QUE TU VIVIENDA CALIFICA, CONTACTAME.