27/03/2018
desde el día 14 de abril de 2018, ya NO podrán instalarse/sustituirse calentadores de gas de cámara de combustión abierta y tiro natural, para la sustitución de calentadores de agua caliente sanitaria instantáneos a gas con potencia de hasta 24,4 kW, que se encuentren en el interior de locales habitados.
La solución calentadores de agua a gas de Camara estanca.
El BOE del 13 de abril de 2013 publicó el Real Decreto 238/2013, por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, entre ellos este, con un plazo máximo de 5 años el cual expira este próximo 13 de abril.
Obligatorio instalar o sustituir calentadores de ACS tipo estancos.