22/01/2025
MULTA MILLONARIA POR INSTALAR CÁMARAS DE SEGURIDAD EN TU CASA.
"Según lo estipulado por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares en nuestro país, aquellas personas que coloquen cámaras de seguridad en sus hogares pueden recibir una multa de hasta 320 mil días de salario mínimo en este 2025.
Es decir, aquellas personas que tengan cámaras de vigilancia en su casa y difundan las grabaciones de asaltos, secuestros o demás temas, pueden recibir una multa de hasta 18 millones de pesos según lo establecido por la ley señalada."
Imaginen que por difundir la situación de inseguridad que vive el país, recibirás una multa millonaria. Básicamente está noticia es música para los oídos de los criminales y como siempre, el ciudadano es quien sale perdiendo. (ESTO ES LO QUE SE VIRALIZA ACTUALMENTE PARA LOS QUE TIENE CCTV)
Sin embargo, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ha aclarado la situación, desmintiendo mitos y explicando bajo qué circunstancias realmente se podrían aplicar sanciones.
*** Desde finales de 2024, se hizo viral la información sobre las sanciones por tener cámaras de seguridad en domicilios particulares, lo que generó preocupación entre los dueños de viviendas y negocios.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) confirmó que, de acuerdo con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, las cámaras de seguridad solo se pueden instalar de “afuera hacia adentro”, es decir, que no pueden grabar el interior de propiedades ajenas sin su consentimiento.
Para evitar posibles sanciones, Profeco recomendó colocar un letrero que advierta a las personas que están siendo grabadas, lo cual puede servir como una medida preventiva para cumplir con la legislación sobre la protección de datos personales.
Ante esta contexto, Julieta Del Río Venegas, comisionada del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), aclaró que la responsabilidad de regular el tratamiento de los datos personales en posesión de particulares recae exclusivamente en el INAI.
Julieta Del Río aclara que la Ley Federal de Protección de Datos NO ESTABLECE una MULTA específica POR la INSTALACIÓN de cámaras de seguridad.
“La ley establece procedimientos de verificación y sanciones solo si se vulneran los principios y deberes dictados por la normativa sobre la protección de datos personales. Es decir, si una persona denuncia el uso indebido de su imagen debido a las grabaciones de las cámaras, el INAI realizará una revisión, y si se comprueba la infracción, se podrá aplicar una sanción”.
Del Río Venegas destaca que es incorrecta la información proporcionada por la Profeco. Las cámaras de seguridad instaladas en viviendas no tienen fines comerciales ni de divulgación, lo que las exime de las regulaciones más estrictas que se aplican a bancos, comercios y otros establecimientos.
La buena noticia para los dueños de casas es que las cámaras de seguridad instaladas en viviendas con fines estrictamente personales y de seguridad no estarían sujetas a sanciones, ya que esto entra dentro de las excepciones permitidas por la ley.
La ley no castiga el uso doméstico de cámaras, siempre que no haya fines comerciales o de divulgación.
Es importante destacar que la información errónea sobre las multas se aplica en casos donde las cámaras de seguridad se instalan en establecimientos comerciales, bancos u otros negocios que manejan información confidencial de los clientes. En esos casos, las normativas son mucho más estrictas y se aplican sanciones más severas si se violan los principios de protección de datos.
En resumen, si tienes cámaras de seguridad en casa para fines personales, y sigues las recomendaciones de colocar un letrero de aviso, no deberías preocuparte por una multa, a menos que se utilicen de manera indebida o se vulneren los derechos de otras personas.